Rebaja al impuesto a las donaciones: una oportunidad para planificar la sucesión de empresas familiares
En agosto de 2026, el Congreso aprobó el proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional (Boletín N° 18.216-05), que contempla, entre otras medidas, una rebaja transitoria del 50% del impuesto a las donaciones, por una sola vez respecto de cada donante.
La medida busca facilitar que determinadas familias puedan anticipar parte de su sucesión patrimonial en vida, en lugar de esperar a que el traspaso ocurra exclusivamente mediante una futura herencia.
El beneficio tendría una vigencia acotada: un año, contado desde el primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley. Por lo que el beneficio todavía no puede utilizarse y sus condiciones deben verificarse, pero para una empresa familiar, esperar para comenzar a prepararse puede ser un gran error.
Porque, transferir patrimonio no es solamente una decisión tributaria. También puede modificar la propiedad, el control y la forma en que se toman las decisiones.
Ese es el punto que, desde COMPITE, creemos necesario trabajar.
¿Qué contempla el proyecto?
Entre sus principales condiciones, **el proyecto considera: **
- Rebaja del 50% del impuesto a las donaciones, aplicable una sola vez respecto de cada donante.
- Vigencia de un año, bajo las condiciones de entrada en vigor establecidas por la ley.
- El beneficio está dirigido principalmente a potenciales asignatarios de legítimas y de cuarta de mejoras, en las proporciones que determine el donante.
- Lo donado no puede exceder el 50% del patrimonio total del donante y este debe acreditar que conserva bienes por al menos el doble de lo donado.
- Se elimina la autorización previa de un tribunal y se establece la formalización mediante escritura pública, declaración jurada y los demás requisitos correspondientes.
- El impuesto debe declararse y pagarse antes de otorgar la escritura pública.
- Si donas a tu cónyuge, la donación queda irrevocable. Además, el efecto tributario puede variar según el régimen patrimonial de tu familia.
- Si el donatario vende lo recibido dentro de los tres años siguientes, puede perder parte del beneficio.
- Para el cálculo de créditos en futuras herencias, se considera pagado el 100% del impuesto que habría correspondido sin la rebaja.
La pregunta no es cuánto donar, **sino qué se quiere construir después **
Para los dueños de una empresa familiar, una eventual rebaja tributaria puede ser el punto de partida para abordar una decisión mucho mayor. Si se donan acciones o derechos sociales, cambia la estructura de propiedad.
Y cuando cambia la propiedad, pueden cambiar también los equilibrios, las responsabilidades y la forma de tomar decisiones. Por eso, antes de avanzar se deben responder preguntas que van más allá del impuesto:
**¿Qué parte del patrimonio tiene sentido traspasar? **
- ¿A quién y en qué proporción?
- ¿Cuál es el valor actual de la empresa?
- ¿Qué derechos conservará la generación actual?
- ¿Qué rol tendrá la siguiente generación?
- ¿Qué establecen los estatutos y pactos sociales?
- ¿Existen derechos preferentes, mayorías calificadas o restricciones?
- ¿Cómo se financiará el pago del impuesto?
- ¿La estructura de gobierno corporativo está preparada para acompañar el cambio?
La oportunidad puede ser tributaria, **pero la decisión es patrimonial y empresarial. **
Valorización: decidir sobre patrimonio exige conocer su valor
Cuando el patrimonio que se busca transferir incluye acciones o derechos sociales, la valorización deja de ser un dato de referencia y pasa a ser una herramienta para decidir. No solo permite dimensionar el patrimonio y evaluar cuánto tendría sentido transferir. También entrega una base objetiva para conversar con la familia, analizar alternativas y anticipar sus efectos sobre la propiedad de la empresa.
Esto permite entender qué valor se está transfiriendo y qué implicancias tendrá ese traspaso para el futuro del negocio.
En COMPITE, esta es una de las primeras conversaciones que tenemos antes de tomar una decisión.
Sucesión y Gobierno Corporativo deben avanzar juntos
Uno de los riesgos de abordar una sucesión únicamente desde el patrimonio, es asumir que transferir propiedad equivale a transferir capacidad de gestión, y no necesariamente es así. La siguiente generación puede requerir nuevos roles, responsabilidades, mecanismos de decisión y espacios formales de participación. Al mismo tiempo, la generación actual puede necesitar redefinir su rol dentro de la organización.
Es aquí, donde el Gobierno Corporativo cumple un rol clave: permite ordenar las responsabilidades, establecer cómo se toman las decisiones y separar adecuadamente las conversaciones familiares de las decisiones empresariales.
Por eso, una planificación sucesoria debería preguntarse no solo quién recibirá la propiedad, sino también cómo funcionará la empresa después del traspaso.
¿Qué deberían preparar desde ahora los dueños de empresas familiares?
Aunque el beneficio todavía no esté vigente, hay decisiones que pueden comenzar a trabajarse.
- Analizar el patrimonio: Identificar cómo está compuesto el patrimonio familiar y empresarial y qué activos podrían formar parte de una eventual estrategia de sucesión.
- Valorizar la empresa: Contar con una valorización técnicamente sustentada permite evaluar alternativas de transferencia y tomar decisiones con una base objetiva.
- Revisar la estructura societaria: Antes de transferir acciones o derechos sociales, es necesario revisar estatutos, pactos, derechos preferentes, mayorías y eventuales restricciones que puedan afectar la operación.
- Definir qué transferir y a quién: El beneficio opera por una sola vez respecto de cada donante. Por eso, las proporciones y beneficiarios deben definirse con una mirada de largo plazo.
- Conversar con la siguiente generación: La sucesión no debería comenzar cuando existe una urgencia. Anticipar la conversación permite alinear expectativas y preparar los futuros roles dentro de la empresa.
- Resolver la liquidez: El impuesto debe pagarse antes de otorgar la escritura. Por eso, la fuente de financiamiento debe evaluarse antes de ejecutar la operación. El proyecto contempla alternativas de financiamiento que también deberán revisarse en cada caso.
Una oportunidad para ordenar, no para improvisar
Una ventana de un año puede parecer extenso, pero para una empresa que debe valorizar activos, revisar estatutos, analizar alternativas tributarias, construir acuerdos y preparar la estructura de gobierno, puede ser un período bastante más acotado.
Por eso, prepararse hoy no significa necesariamente donar hoy. Significa tener la información, los análisis y los acuerdos necesarios para decidir mejor cuando las condiciones estén dadas.
Desde COMPITE, vemos esta modificación como una oportunidad para que las organizaciones aborden una estrategia que muchas veces se posterga: cómo preparar la continuidad de la empresa y proteger el valor construido para la siguiente generación.
Una decisión patrimonial también puede definir el futuro de la empresa
Cuando una empresa enfrenta una decisión de esta magnitud: patrimonio, propiedad, gobierno y estrategia no deberían analizarse por separado.
Una transferencia puede modificar la propiedad, la propiedad puede modificar la gobernanza y la gobernanza puede impactar directamente en la capacidad de tomar decisiones y seguir creando valor.
Por eso, la recomendación de COMPITE es comenzar por el diagnóstico antes que la ejecución. Y así, decidir mejor.
Si esta eventual ventana tributaria puede ser relevante para tu empresa, conversemos antes de que llegue el momento de llevar a la acción.
COMPITE en el momento clave.
COMPITE para decidir mejor.
COMPITE con ventaja real.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal ni tributaria para un caso particular. Se basa en el proyecto de ley aprobado por el Congreso y puede estar sujeto a modificaciones hasta su publicación definitiva y a las posteriores instrucciones de los organismos competentes. Antes de tomar decisiones patrimoniales, recomendamos realizar un análisis específico de cada situación.
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